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NORMAS DE ALQUILER DE MATERIAL
1- El material es de uso exclusivo para los socios y solo
podrá ser utilizado por el solicitante del mismo,
queda terminantemente prohibido el cederlo o dejarlo a otro
que no sea socio.
2- Para retirar el material, será requisito indispensable
la presentación de la tarjeta del Club y el recibo
del año en curso.
3- Se mantendrá prioridad para el uso del material
por el siguiente orden:
a) Excursiones oficiales
b) Cursillos organizados por el Club.
c) Participantes en marchas, campamentos, cursos y actividades
federativas.
d) Expediciones de Alta Montaña.
e) Actividades particulares de los socios.
4- Cada socio solamente podrá alquilar el material
necesario para su uso personal, del cuál será
responsable del mismo.
5- El alquiler del material, su retirada y su devolución
se hará los martes y viernes en el Local Social -Ruperto
Urkijo nº5-durante el horario de apertura.
6- En el momento de la solicitud se indicará los
días de utilización y se abonará el
importe correspondiente
7- Al hacerse cargo del material el interesado debe proceder
a su examen, advirtiendo las posibles anomalías al
Directivo del Club, ya que en caso contrario, a su entrega
será el responsable del mismo.
Todo material extraviado o inutilizado, se tomará
nota del mismo y el usuario tendrá que recomponerlo
por su cuenta.
8- La fecha de entrega del material será los martes
o viernes más cercanos al final de su uso, de no
cumplirse este apartado el usuario abonará los días
que excedan de su entrega, como si se hubieran utilizado.
9- Las cuerdas solo se podrán hacer uso de las mismas
en excursiones oficiales y en las demás salidas si
la Directiva crea conveniente, también podrán
usarse para el aprendizaje de su uso en montaña,
bajo la supervisión de la Directiva.
10- El no cumplir las normas precedentes implica la posibilidad
de ser sancionado por la Junta Directiva, la cual estudiará
la gravedad de los hechos según los Estatutos.
11- Lo no previsto en estas normas será resuelto
por la Junta Directiva.
OBSERVACIONES
El Goikogane M.T. como entidad deportiva, ni su junta directiva,
serán responsables de los posibles accidentes que
puedan ocurrir por el uso del material.
NORMAS DE USO DEL REFUGIO
1.- DE SU UTILIZACION
1.1.- El refugio puede ser utilizado por todos los socios
que se hallen al día en el abono de la cuota.
1.2.- Las solicitudes para su uso se realizarán en
el local social, los martes o viernes de cada semana, al
Vocal correspondiente, previa presentación de la
tarjeta de socio.
1.3.- En el momento de la solicitud se abonará el
importe fijado y el recibo correspondiente hará de
justificante. Asimismo se entregará al socio un parte
para rellenar en el refugio y una llave para acceso al mismo,
si no la hubiera se indicará el nombre de otros socios
que se encuentren en el refugio.
1.4.- Todo socio que utilizara el refugio o llevase acompañantes
sin la necesaria autorización, abonará las
cuotas establecidas con un recargo del 50%, tomándose
nota del hecho para las posibles sanciones en que puediera
incurrir.
1.5.- La autorización de uso implica la aceptación
de las responsabilidades que sobre el refugio se especifican
en el apartado correspondiente.
1.6.- El refugio se utilizará preferentemente para
la práctica y realización del montañismo
en todas sus facetas.
2.- DERECHO DE LOS USUARIOS
2.1.- Todos los usuarios tendrán derecho a encontrar
el refugio en perfectas condiciones.
2.2.- A utilizar los servicios comunes sin ningún
tipo de privilegios.
2.3.- A que se respete la hora de silencio fijada en las
11 de la noche.
3.- OBLIGACIONES
3.1.- En el momento de entrar en el refugio, rellenar el
parte en el apartado correspondiente a entrada, cumplimentando
todos los datos que se piden en el mismo así como
tomar nota de las anomalías que se detecten. Al abandonar
el refugio, completar el impreso cumplimentando el apartado
correspondiente a la salida.
3.2.- Limpieza de las dependencias y utensilios. Uso obligatorio
de papel para los servicios, bolsas de basura y útiles
de limpieza e higiene (jabón, lejía, trapos,
etc.)
3.3.- Reposición de leña, al menos, en cantidad
igual a la consumida.
3.4.- Bajar los residuos que se generen así como
los recipientes al lugar correspondiente en el Pueblo.
3.5.- Prohibida la tala de árboles .
3.6.- No trasladar muebles, mantas, colchonetas, etc., a
otras dependencias del refugio, ni usar lámparas
de gas o velas en las habitaciones.
Todos los útiles y materiales que se encuentran en
el refugio se dejarán en su lugar correspondiente,
una vez usados.
3.7.- No meter animales de ningún tipo dentro del
refugio, quedando terminantemente prohibido entrar con armas
de fuego.
3.8.- Respetar la hora de silencio, las 11 de la noche,
salvo acuerdo de todos los ocupantes para cambiarla.
3.9.- Entregar el parte correspondiente debidamente cumplimentado
y firmado, en el que se incluirán las anomalías
encontradas o que surjan durante su utilización,
al momento de devolver la llave en el Club.
3.10.- La hora de levantarse será las 9, salvo para
ir de excursión que podrá adelantarse procurando
evitar causar molestias al resto de los montañeros,
quedando prohibida la permanencia en las habitaciones durante
el día.
3.11.- Cada vez que se usen los utensilios de cocina deberán
fregarse, quedando terminantemente prohibido acostarse o
salir de excursión por la mañana sin hacerlo,
tanto en los utilizados durante la cena como en el desayuno.
3.12.- Queda terminantemente prohibido alterar o modificar
las instalaciones de electricidad y de agua, así
como jugar dentro del refugio, comer y fumar en las habitaciones
o dejar en ellas comida, mochilas o calzado.
3.13.- El salón deberá encontrarse vacío
de ropa, mochilas, botas y comida o restos de ella, estando
disponible en todo momento para su uso. La cocina solo contendrá
los utensilios limpios y la comida que se cocine en ese
momento o el sobrante de ella recogida.
3.14.- Al abandonar el refugio este deberá quedar
limpio y vacío de comida y recipientes en todas sus
dependencias, todas las ventanas y contraventanas cerradas.
3.15.- Entregar la llave en el Club los días señalados
(martes o viernes) más cercanos al final de la utilización.
3.16- De no cumplirse el apartado anterior se cobrarán
los días que excedan como si se hubieran utilizado.
4.- SANCIONES
4.1.- El incumplimiento de las normas precedentes implica
la posibilidad de ser sancionado, bien sea por gravedad
de los hechos o por reincidencia.
4.2.- El tipo de sanción puede ir desde la pérdida
del derecho a la utilización del refugio, hasta la
expulsión del Club de acuerdo con los estatutos en
vigor. (Artículo núm. 7).
4.3.- El Goikogane M. T., podrá retener total o parcialmente
las cuotas establecidas para la utilización del refugio
cuando no se cumpla total o parcialmente la solicitud para
su uso y perjudique a los demás usuarios por su no
utilización.
5.- AUTORIDAD EN EL REFUGIO
5.1.- La máxima autoridad en el refugio es cualquier
miembro de la Junta Directiva que se encuentre presente
en el mismo.
5.2.- De no existir ningún miembro de la Junta Directiva
serán responsables todos los usuarios y socios que
se encuentren en el mismo.
5.3.- El hecho de tener responsabilidad o autoridad no implica
abuso de la misma y si tal hecho se diera, se podrá
recurrir ante la Junta Directiva.
5.4.- La Asamblea de Socios -soberana en todo momento- en
Junta General Ordinaria, otorgó plenos poderes a
la Junta Directiva para la creación de normas que
permitieran una mejor administración del refugio.
5.5.- Lo no previsto en estas normas será resuelto
por la Directiva de acuerdo con los estatutos.
NORMAS Y REGLAMENTO DE SALIDAS COLECTIVAS
DEL CLUB
Las inscripciones para las salidas se efectuarán
en el local social, personalmente los martes o viernes,
de 19:00 a 21:00 horas, o en el contestador automático,
teléfono 94-672.50.21, antes de las 19:30 del viernes
anterior a la salida programada.
Las salidas extraordinarias que precisen contratación
de alojamiento, abono de adelanto por reserva de plaza,
etc., se regirán por las normas de inscripción
que en cada caso se dicten, rigiendo este mismo reglamento
para lo demás relacionado con la práctica
de la actividad.
La inscripción supone la aceptación de estas
normas y el pago de la cuota que se fije para la salida.
Podrá renunciarse a ella, y por consiguiente se eliminará
el pago de la cuota, si el aviso se cursa antes de las 19:30
del viernes anterior a la salida.
Las salidas colectivas programadas por el Club no son una
competición. Todos los montañeros saldrán
y llegarán juntos y seguirán la ruta diseñada
por la Directiva, respetando las variantes que puedan plantearse
por necesidades orográficas, meteorológicas
o de duración del recorrido.
En aquellas salidas que, una vez concretada la ruta, un
grupo de montañeros deciden ampliar el recorrido,
podrán hacerlo cumpliendo las siguientes normas:
1.- Deberán plantearlo a los responsables de la actividad
y que estos lo autoricen.
2.- La autorización se basará en un normal
desarrollo del programa establecido para la jornada.
3.- No se autorizará a una persona sola.
4.- No se autorizarán rutas o actividades que impliquen
riesgos para las personas, y tampoco si las condiciones
climatológicas son muy desfavorables y peligrosas.
5.- Se respetará el margen de tiempo concedido.
6.- Se procurará que el grupo autorizado cuente con
algún tipo de comunicación con el resto, (teléfono
móvil o radioemisora), y cualquier incidencia se
comunicará a los responsables de la salida para que
tome las decisiones procedentes.
7.- El incumplimiento de alguna de estas normas se considerará
falta grave, dando lugar a que, en lo sucesivo, puedan tomarse
medidas para que no se repita.
Aunque al directivo o directivos que asistan a la salida
montañera les corresponde el control de la actividad,
todos los socios mayores de edad deberán asumir la
parte de responsabilidad que les toque pues todos son parte
de la estructura social a la que pertenecen.
Para un mayor disfrute de las salidas montañeras,
colabora en su buen desarrollo.
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